Socializan Ley de prevención y erradicación de violencia contra la mujer
Con la finalidad de dar a conocer la Ley Orgánica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (LOIPEVM) y su Reglamento, Katy Armijos, psicóloga del Centro de Atención a Víctimas de Violencia de Género de la Fundación Espacios, socializa la normativa en los medios de comunicación.
En el período 2017, se registraron 108 femicidios en el Ecuador. Frente a esta problemática, el Estado ha construido una política nacional y ha implementado medidas de carácter normativo para erradicar el problema.
Acciones de violencia
Armijos mencionó que la violencia de género contra las mujeres, es cualquier acción o conducta violenta que cause o no la muerte, daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico, económico o patrimonial, a las personas por el hecho de ser hombre o mujer tanto en el ámbito público como privado.
Indicó que la mujer es más vulnerable a la violencia y los últimos casos de conmoción social en la provincia dan reflejo de aquello. “Según el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC 2011), 6 de cada 10 mujeres han sido víctimas de algún tipo de violencia.
Por ende, la nueva Ley plantea cuatro ejes de acción: prevención, protección, atención y reparación, poniendo énfasis en la prevención con el fin de eliminar patrones socioculturales y estereotipos, mediante mecanismos de sensibilización y concienciación. Por su parte, el Reglamento resalta los principios de laicidad del Estado, progresividad, complementariedad, desconcentración y descentralización, señaló.
Entidades y normas
La especialista añadió que la Ley define los instrumentos y mecanismos de coordinación de las entidades que conforman el Sistema Nacional Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, entre las cuales están los ministerios de: Justicia, Derechos Humanos y Cultos; Educación, Interior, Trabajo; Inclusión Económica y Social; Consejo de Educación Superior; Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (Senescyt); Consejos Nacionales para la Igualdad, entre otras.
Adicionalmente, en el Reglamento se regula el procedimiento para otorgar medidas de protección por parte de las Juntas Cantonales de Protección de Derechos y las Tenencias Políticas. En ambos cuerpos normativos se transversaliza el enfoque de género, garantizado en el Art. 70 de la Constitución de la República del Ecuador.(I).(FJC).